Destraban caso “bombas molotov” y hay vía libre para estudiar recusación a tribunal

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó a los magistrados que integran el Tribunal de Apelación que deben resolver las recusaciones planteadas en contra del Tribunal de Sentencia que debe juzgar a los acusados en la causa conocida como “bombas molotov”. El caso está relacionado a las manifestaciones en contra del proyecto de enmienda constitucional para la reelección de Horacio Cartes, en el 2017.

Los acusados Stiben Patrón, Luis Osvaldo Sánchez González, Rubén Moisés Galeano y Brian Esteban Martínez Jara, junto a sus abogados defensores, en una de las audiencias suspendidas.
Los acusados Stiben Patrón, Luis Osvaldo Sánchez González, Rubén Moisés Galeano y Brian Esteban Martínez Jara, junto a sus abogados defensores, en una de las audiencias suspendidas.virgilio vera

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Los ministros Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia, integrantes de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, resolvieron no hacer lugar a las recusaciones promovidas en contra de ellos mismos por la abogada Marlene Orué y luego confirmaron al Tribunal de Apelación que debe resolver la recusación contra el Tribunal de Sentencia que juzgará la causa “bombas molotov”.

Con la decisión de la máxima instancia judicial se confirma a los camaristas Gustavo Ocampos González, Andrea Vera Aldana y José Agustín Fernández como miembros del Tribunal de Apelación Penal 1ª Sala de la Capital, que ahora debe estudiar la recusación presentada en contra del Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Inés Galarza, Olga Ruiz y Fabián Weisensee, sorteado para juzgar la causa penal.

La defensa recusó a los magistrados de sentencia, alegando que duda de la imparcialidad de los mismos, teniendo en cuenta que ya han opinado y dictado sentencia condenatoria en un proceso conexo a la presente causa.

Los acusados en esta causa penal por el fiscal Eugenio Ocampos son: Stiben Patrón, Luis Osvaldo Sánchez González, Rubén Moisés Galeano y Brian Esteban Martínez Jara, por los hechos señalados en la Ley N° 4.036/10 “De armas de fuego, sus piezas y componentes, explosivos y afines”.

Acusación por supuesta fabricación de bombas molotov en el PLRA

Según el Ministerio Público, entre la noche del 31 de marzo y la madrugada del 1 de abril de 2017, tras la quema parcial del Congreso por la aprobación de una enmienda para la reelección de Horacio Cartes como candidato a presidente, los acusados elaboraron bombas molotov caseras en la céntrica sede del PLRA, como medio de protesta.

En setiembre de 2021, Patrón y dos personas más ya fueron condenados a tres años de cárcel por “perturbación a la paz pública” en la quema del Congreso durante las protestas contra el atropello constitucional de 25 senadores para la reelección del entonces presidente de la República Horacio Cartes.

Este juicio oral ya fue postergado en varias ocasiones, desde junio de 2021, debido a numerosas chicanas planteadas por las defensas de los acusados, como apelaciones, recusaciones y acciones ante la Corte Suprema de Justicia.

En setiembre de 2021, Patrón y dos personas más ya fueron condenados a tres años de cárcel por “perturbación a la paz pública” en la quema del Congreso durante las protestas contra el atropello constitucional de 25 senadores para la reelección de Horacio Cartes.

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